En el Estado de California si un menor se ve implicado en actos considerados como delincuencia juvenil se encuentra en posibilidad de ser juzgado por un tribunal especial con competencia en menores y de pasar a estar bajo su tutela.

Al respecto, cuando se afirma que un menor ha pasado a estar bajo tutela de un tribunal o que es pupilo del mismo, quiere decir que este último ahora tiene derecho a ejercer control y tiene responsabilidad legal respecto a tal menor. Tome en cuenta que dicha decisión judicial restringe el poder de autoridad que poseen los padres respecto a un menor, hasta el punto de hacer que pierdan el derecho de custodia.

Es por todo lo anterior que resulta de suma importancia que no se le reste importancia a casos donde un menor enfrenta problemas por haber violado la ley, puesto que si bien las normas son mucho más flexibles a la hora de juzgar a un menor y el mismo no será enviado a una prisión de adultos con fines de castigo, de igual modo su conducta no pasara desaparecida y tendrá que dar cumplimiento a una medida correctiva impuesta por el tribunal con el fin de lograr su rehabilitación y evitar que siga delinquiendo en el futuro. Más bien, lo más prudente es contactar lo antes posible a un abogado con experiencia en defensa penal de casos vinculados a delincuencia juvenil que analice la situación y se encargue de brindar sus servicios de orientación y representación durante todo el proceso que será instaurado ante un tribunal.

Si actualmente su hijo o un menor cercano a usted, enfrenta problemas por haber violado la ley en Anaheim, CA y teme que sea puesto bajo Tutela de los Tribunales, o si en el peor de los casos ya esa situación es un hecho, un abogado de California Criminal Lawyer Group puede aclarar todas sus inquietudes y además brindarle sus servicios de asesoría y representación legal.

Debe saber que este es un bufete conformado por un amplio equipo de expertos, que cuenta con experiencia comprobable tramitando casos penales vinculados a delincuencia juvenil. Además siempre dan lo mejor de sí para obtener los mejores resultados para sus representados al garantizar el respeto de sus derechos e intereses.

¿En qué casos un menor pasa a estar bajo la tutela de un tribunal?

De acuerdo a lo estipulado por la regulación 725 literal b perteneciente al Código de Instituciones y Bienestar, cuando un menor vulnera la ley, un tribunal puede tomar la decisión de decretarlo su pupilo al adquirir su tutela. Ahora bien, el hecho de que algún menor pase a estar bajo tutela de un tribunal quiere decir que sus padres tendrán control limitado respecto al mismo.

Son muchas las situaciones que pueden hacer que un menor sea retirado del cuidado respectivo a sus padres, para que más bien pase a ser decretado pupilo de un tribunal.

Algunas de esas situaciones son:

  • Que los padres de un menor no tengan la capacidad para darle la capacitación, manutención y cuidado necesario.
  • Que un menor haya estado anteriormente en un régimen de libertad bajo prueba pero no haya mostrado ningún tipo de avance o mejoría.
  • Que un tribunal concrete que lo más favorable para un menor es mantenerlo alejado de sus respectivos padres.

Por su lado, cuando un menor es declarado pupilo de tribunal, tal tribunal debe analizar varios factores con el propósito de establecer qué medidas debe adoptar para lograr la rehabilitación del menor. Algunos de esos factores son:

  • La edad específica del menor.
  • Qué situación llevó a un menor a delinquir.
  • El nivel de gravedad del crimen.
  • Los registros penales que tiene el menor.

Debe saber que la duración de una tutela puede extenderse hasta tanto un tribunal decida lo contrario. Pero en ciertos casos un menor puede estar bajo tutela sólo mientras dure un régimen de libertad bajo prueba.

Cuando un menor es declarado pupilo del tribunal es posible que esté en libertad bajo prueba bien sea vigilada o no vigilada. Si un tribunal decide poner a un menor en un régimen de libertad bajo prueba no vigilada, significa que tal menor no debe someterse a la supervisión de un agente de libertad bajo prueba. No obstante el tribunal fijará diversos parámetros los cuales deben ser pertinentes, sensatos y de obligatorio cumplimiento para dicho menor.

Por otro lado cuando un tribunal pone a un menor en un régimen de libertad bajo prueba vigilada que es lo más frecuente, se debe a que dicho menor ha incurrido en algún crimen de los mencionados por la regulación 707 literal b del Código de Instituciones y Bienestar de California, en un robo contemplado por la regulación 489 PC (Código Penal) o en posesión de drogas como el peyote, la cocaína, los opiáceos o sustancias alucinógenas. De ser el caso se le debe asignar al menor un agente de libertad bajo prueba para vigilar su conducta.

En último lugar, se debe acotar que cuando un menor no es residente de los EEUU, el tribunal tiene potestad para ordenar que regrese a estar bajo la custodia pertinente a sus padres, con la finalidad de no retenerlos en el país, pero esta decisión solo será emitida por un tribunal cuando presuma que resulta lo más favorable para el menor.

¿Qué parámetros de libertad bajo prueba suele imponer un tribunal para estos casos?

En el caso de que un menor que ha sido puesto bajo la tutela de un tribunal reciba como medida correctiva un régimen de libertad bajo prueba, el Juez dicta parámetros específicos que resultan de cumplimiento obligatorio, pero que deben ser prudentes. Cuando el Juez fija estos parámetros ordena que el menor se abstenga de llevar a cabo ciertos actos que presume pueden promover su participación en crímenes a futuro. Esto se justifica en la presunción de que esta medida correctiva busca lograr la rehabilitación del menor.

Entre los parámetros de libertad bajo prueba a los que un menor que está bajo tutela de un tribunal debe atenerse, pueden mencionarse:

  • Asistir sin falta al plantel educativo donde cursa estudios.
  • Cumplir las condiciones del toque de queda impuesto.
  • Cumplir las limitaciones de conducción que fueron establecidas.
  • Abstenerse de vincularse con determinadas personas.
  • Utilizar un artefacto electrónico de monitoreo.
  • Asistir a reuniones de asesoría de forma individual o en conjunto con sus respectivos padres.

¿Qué ocurre cuando un menor que ha pasado a estar bajo tutela de un tribunal es remitido fuera de su casa?

Si una menor pasa a estar bajo tutela de un tribunal el Juez tiene potestad para remover a dicho menor de su casa. No obstante, el Juez usualmente sólo opta por retirar a un menor cuando no fueron cumplidos los parámetros de libertad bajo prueba en la misma. Pero también elige esta medida cuando presume que lo más favorable para un menor es permanecer alejado de los padres.

Cuando el Juez decide que un menor amerita ser retirado de su casa, significa que pasará a ser reubicado en cualquier sitio de los mencionados adelante:

  • Hogares de acogida.
  • Casa de parientes cercanos.
  • Instituciones privadas,
  • Agencias públicas.

¿Qué toma en cuenta un tribunal antes de remitir a un menor a hogares de acogida?

Si un menor es remitido a hogares de acogida significa que será retirado de su casa y enviado a alguna instalación abierta. Ahora bien el cuidado de tal menor puede ser cualquier familiar cercano u otra persona que a pesar de no ser familiar esté autorizada para tal propósito. Otros sitios para crianza temporal abarcan hogares grupales, así como instalaciones comunitarias de cuidado autorizado.

En el escenario de que un Juez opte por poner a un menor bajo tutela de un tribunal debe tomar varias decisiones importantes relacionadas con el cuidado, conducta, medicación, supervisión y manutención del mismo. Sin embargo, antes de finalmente retirar a un menor alejar al mejor de sus respectivos padres y remitir a hogares de acogida, debe analizar lo siguiente:

  • Si hubo falla por parte de los padres en cuanto a darle educación orientación y capacitación adecuada al menor.
  • Si ya anteriormente se ha puesto al menor en libertad bajo prueba con sus padres, sin embargo no mostró ningún avance o no alcanzó su rehabilitación oportuna.
  • Si un menor se ausenta mucho a su escuela o amerita mayor vigilancia.
  • Si es más favorable para un menor mantenerlo alejado de sus respectivos padres.

Cuando ya un Juez ha analizado todo lo mencionado y decide que lo más prudente es retirar a un menor de su casa, el departamento a cargo de la libertad bajo prueba debe elegir un sitio alternativo al cual el menor será remitido.

Al momento de elegir el sitio a donde será remitido un menor, queda a cargo del departamento a cargo de la libertad bajo prueba corroborar que el sitio tenga ambiente familiar y sea algún sitio donde un menor pueda sentir que está en su casa. No obstante, la ubicación también debe cubrir los requerimientos del menor involucrado y no ser tan limitativa.

Pero la decisión definitiva recae sobre un tribunal, para lo que se ha de celebrar una audiencia donde se concretará la ubicación pertinente. En dicha audiencia el Juez valorará los resultados que arrojó el estudio social hecho al menor por parte de un agente de libertad bajo prueba y todo material probatorio consignado, dentro de lo que se incluye la declaración efectuada por la víctima.

Por último, una vez que un Juez finaliza la evaluación de todas las pruebas relativas al caso, un agente de libertad bajo prueba debe emitir recomendaciones sobre si sitio donde debe ser ubicado un menor. No obstante, como la decisión final recae sobre el tribunal, es probable que decida rechazar tal recomendación y tome en cuenta otras opciones para seleccionar la ubicación del menor.

¿Cuáles otras opciones tiene un tribunal cuando se trata de ubicar un menor bajo su tutela?

Tal y como fue mencionado con anterioridad, los hogares de acogida no son la única opción para ubicar a un menor que ha sido a tutela del tribunal, puesto que el mismo puede ser puesto timaban en la casa de algún familiar, la cual es una medida que se considera más favorable que ponerlo en alguna instalación.

Cuando el tribunal ubica a un menor con un familiar, puede incluso dedicar que este sea su tutor legal. De configurarse tal escenario dicho familiar será el responsable de las decisiones inherentes al menor que ameriten consentimiento legal, dentro de las que se incluyen las vinculadas a la educación así como a asistencia médica.

Se debe agregar que un tribunal también podrá decidir que se ubique a un menor en instalaciones que brinden algún tipo de tratamiento, así como en hogares grupales de cuidado. Aunado a ello también puede ubicarse a un menor en programas de tratamiento que estén fuera del territorio del Estado.

Realmente el sitio donde un tribunal decide colocar a un menor será el que estime más conveniente para lograr su rehabilitación. Cuando un tribunal estima que lo más favorable para un menor es colocarlo en alguna instalación, debe considerar varios factores a efectos de establecer el periodo que debe permanecer en ella. Dichos factores son:

  • Los requerimientos que tienen el menor y sus familiares.
  • Si un menor representa peligro para la colectividad.
  • Si un menor cumplió de modo exitoso los programas asignados.

Considera que cada 6 meses se debe instaurar una audiencia por parte del tribunal con la finalidad de verificar la ubicación.

¿Qué derechos tienen los menores que están bajo tutela de un tribunal?

Inclusive cuando algún menor se encuentra en libertad bajo prueba, la legislación consagra ciertos derechos para él. Un tribunal con competencia en menores fijará los parámetros de libertad bajo prueba a que debe atenerse el menor. No obstante, ellas deben ser sensatas y perseguir como fin lograr la rehabilitación del menor.

Todo parámetro de libertad bajo prueba impuesto por un tribunal debe vincularse al crimen cometido por el menor y también debe indicar obligaciones tanto de hacer como de dejar de hacer ciertas acciones.

En cuanto a lo que involucran las obligaciones sobre hacer, el Juez puede ordenar que se realice cierto acto siempre que no sea ilegal, como por ejemplo el deber de un menor de asistir a un programa especial de asesoría. Por otro lado, respecto a lo que las obligaciones sobre dejar de hacer involucran, el Juez puede establecer prohibiciones que busquen evitar que un menor cometa actos delictivos a  futuro, como lo es por ejemplo ordenar que un menor evite vincularse con determinadas personas.

Tome en cuenta que cuando los parámetros de libertad bajo prueba impuestos por un Juez no se sujetan a lo indicado, se estarían infringiendo los derechos de un menor.

Por su lado, los menores bajo tutela de un tribunal poseen los siguientes derechos:

Identidad de género: Si el tribunal opta por remitir a un menor a cualquier instalación externa, un agente de libertad bajo prueba debe ubicarlo de acuerdo a su género.

Acceso a internet: Todos los menores poseen el derecho de acceder a internet y a una computadora mientras sean removidos de su casa.

Visitas familiares: Los menores que están en sitios distintos a su casa, poseen el derecho de visitar a sus familiares.

¿En qué situaciones un tribunal opta por confinar a un menor que se encuentra bajo tutela?

Cuando algún menor demuestra mala conducta en un régimen de libertad bajo prueba, el tribunal tiene potestad para recomendar su ubicación en algún centro especial de menores, campamento, rancho, rancho forestal u hogar juvenil que resulte seguro. Cualquier alternativa señalada abarca un confinamiento físico por parte de un menor en alguna instalación, medida que resulta distinta a una libertad bajo prueba.

Tome en cuenta que cuando un tribunal opta por confinar a un menor, no tiene como finalidad castigarlo sino rehabilitar, el cual siempre debe ser el objetivo primordial. Por ende ordenar un confinamiento en vez de imponer un castigo, lo que busca es sembrar el criterio de responsabilidad.

Cuando un menor comete cualquier crimen violento vinculado a armamentos de juego el confinamiento resulta obligatorio. Por otra parte, es probable que un tribunal decida que se ubique a un menor en cualquier centro alternativo cuando un menor sufre un trastorno o condición mental seria. Por lo general los tribunales ubican a los criminales juveniles en las instalaciones que están en sus respectivos condados y a los que padecen trastornos cognitivos, de alcohol o drogas en establecimientos privados.

Por su lado el tiempo de permanencia bajo confinamiento que debe permanecer un menor en centros especiales para menores va a depender del tipo específico de crimen que un menor cometió. Un tribunal especial de menores tiene potestad para confinar a los menores en instalaciones de esta índole por lapsos de tiempo similares a los que debe recibir un adulto que haya cometido el mismo tipo de crimen.

¿Puede el tribunal imponer multas a los menores que estén bajo su tutela u ordenar el pago de indemnizaciones?

Si, un tribunal con competencia en menores tiene potestad para ordenar el pago de multas considerables a un menor bajo tutela judicial.

Hasta el punto que en ciertos casos una multa puede llegar a ser tan elevada como la correspondiente para un adulto que comete un crimen similar, no obstante un tribunal debe concretar si una menor está en posibilidad de costearla.

Tome en cuenta que una multa es distinta a una indemnización que debe ser pagada a una víctima. Una indemnización corresponde a un tipo de pago que un menor bajo tutela de la corte hace a la víctima para compensar sus daños y perjuicios sufridos debido a sus actos. Por otro lado, el pago a la víctima tiene una definición bastante extensa y puede incluir hasta familiares de quien fue directamente dañado cuando la víctima directa ha muerto. De igual manera, puede abarcar entidades del Estado que tienen a su cargo restaurar o reparar propiedades dañadas.

Una vez entendido lo anterior, debe saber que posiblemente un menor bajo tutela de la corte deba pagar indemnizaciones a víctimas debido a:

  • Daños causados a una propiedad.
  • Gastos médicos devengados por la víctima para cubrir el pago de lesiones físicas.
  • Servicios vinculados a la salud mental, cuando la víctima ha sufrido daños psicológicos.
  • Salarios caídos

Sin importar cuál sea el monto que debe pagar un menor como indemnización, el mismo tendrá pleno derecho de que se celebre una audiencia para concretar el momento específico que debe ser pagado, el cual depende de la seriedad del crimen cometido.

Cuando el menor resulta declarado culpable por un crimen mayor, la indemnización puede ser de entre 100$ y 1.000$. Pero cuando es declarado culpable por un crimen menor la indemnización no debe exceder de 100$.

¿Cuál es la responsabilidad financiera que tiene el padre de un menor que se encuentra bajo tutela del tribunal?

Cuando un tribunal ordena a un menor el deber de pagar indemnizaciones o multas, es probable que un menor no cuente con capacidad económica para cubrir dicho pago. Por ende, sus padres tendrán el deber de cubrir dichos montos. No obstante, cuando el Juez va a imponer dichos pagos debe considerar la capacidad económica de ellos.

Cuando un padre quiere evitar el pago de indemnizaciones o multas debe demostrar:

  • Que no se encuentra en posibilidad de realizar el pago.
  • Que no fue notificado sobre el deber de realizar el pago de indemnizaciones o multas.
  • Que no presenciaron la audiencia donde se pidió hacerse cargo del pago de indemnizaciones o multas.

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