En el estado de California conducir bajo la influencia de alcohol o drogas es un delito por el cual se impone un encarcelamiento en prisión estatal o en la cárcel del condado por un periodo largo, además de multas elevadas. Pero si se conduce en este estado con un pasajero de menos de 14 años, las sanciones serán incluso más estrictas, debido a que la ley considera que la protección a la vida de los niños lo amerita. En estos casos, no sólo corre el riesgo de enfrentar cargos por DUI, sino también por peligro infantil.

Si ha sido arrestado por un DUI, contacte a un abogado lo antes posible del bufete California Criminal Lawyer Group, ubicado en Anaheim, California. Nuestros profesionales cuentan con la experiencia y preparación necesaria para establecer una defensa sólida con la cual se logre evitar una condena, o negociar una reducción de sus cargos con el fiscal.

¿Qué es un DUI?

Para comprender este delito debemos entender cuáles hechos constituyen el DUI de conformidad con el artículo 23572 VC.  Asimismo, la ley de California establece la definición de los distintos delitos que conforman esta categoría, los elementos que el fiscal debe probar para que se dicte una condena, y las sanciones que se imponen como consecuencia de la misma. Además, estipula los factores agravantes. Por lo que es importante que conozca de manera general, en qué consisten antes de entender qué es un DUI con pasajeros menores de 14 años.

En este sentido, los DUI comienzan siendo delitos menores y progresivamente se agravan con cada condena posterior. La primera ofensa de DUI es considerada un delito menor y su pena incluye libertad condicional sumaria de 3 a 5 años, y una multa de 390 a 1.000 dólares. Además, los condenados deben pagar un monto por concepto de tasación de la multa o “penalty assessments”, su licencia de conducir será suspendida por 6 meses, deberán asistir a un programa de DUI ordenado por el tribunal, e instalar un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en sus vehículos. Por su parte, las segundas y terceras ofensas de DUI también constituyen un delito menor y se imputan cargos por las mismas si es arrestado por un DUI dentro de los 10 años siguientes al arresto y la condena anterior. Por último, una cuarta ofensa de DUI es considerada un delito mayor.

Ahora bien, los delitos de DUI anteriormente mencionados son la causa inicial para que se lleve a cabo el arresto y la presencia de factores agravantes incrementa las sanciones a ser impuestas. Entre estos factores agravantes, se encuentra la presencia de un menor de 14 años en el vehículo mientras se conducía bajo la influencia.

Los incrementos de pena son similares independientemente de los cargos por DUI que sean imputados. Pero el incremento de pena específico que será dictado en cada caso dependerá de las circunstancias y su historial criminal.

¿Qué es el DUI con un pasajero menor de 14 años?

La protección infantil es primordial en el estado de California. Es por esto que el DUI acarrea incrementos de pena por poner en riesgo la vida de un menor de edad. Cabe destacar que en vez de aumentar la pena de DUI debido a este factor agravante, los fiscales pueden imputar dos cargos, los cuales son el delito de DUI, y el de peligro infantil de conformidad con el artículo 23572 VC. 

Por su parte, conducir bajo la influencia con un niño como pasajero está prohibido por el artículo 23572 VC. Para que sea dictada una condena, los fiscales deben probar lo siguiente por encima de toda duda razonable:

  • Usted estaba conduciendo bajo la influencia de alcohol o drogas cuando se efectuó el arresto.
  • Había un menor de 14 años de edad en el vehículo cuando se produjo el arresto.

Para demostrar que usted estaba conduciendo bajo la influencia de drogas o alcohol, el fiscal se basará en el artículo 23152 VC. Esto significa que deberá demostrar que su nivel de concentración de alcohol en la sangre era mayor al límite legal, el cual es de 0.08%. Debido a que las pruebas de drogas no tienen un límite establecido, la evidencia de intoxicación por drogas estará basada en el informe de los expertos en reconocimiento de drogas (DRE). Estos son oficiales de la ley con una capacitación especial en la identificación de individuos que se encuentran bajo la influencia de sustancias narcóticas.

Si además de lo anterior, se demuestra la presencia del menor en el vehículo en el momento del arresto, se completa la violación del artículo 23572 VC.

¿Cuáles sanciones contempla la ley?

Como mencionamos anteriormente, los fiscales imputan dos cargos en virtud del artículo 23572 VC. El primero es el delito de DUI, y el segundo por tener un menor en el vehículo mientras se encontraba en estado de ebriedad. Es por esto que será castigado por el delito de DUI, y recibirá sanciones adicionales por la presencia del menor en el vehículo. Pero el fiscal también puede imputar cargos por DUI y peligro infantil, en tal caso, no puede aplicarse el aumento de pena por DUI.

A continuación, conoceremos cuáles son las potenciales sanciones por cada condena. Aunque estén contempladas en la ley de California, es importante destacar que las impuestas en cada condado suelen variar. Pero las deberán enfrentar los condenados en Anaheim, Orange County, son las siguientes:

  1. Primera Ofensa de DUI. Se trata de un delito menor, para el cual están previstas las siguientes sanciones:
  • Libertad condicional sumaria por 3 años.
  • Realización de un curso de “MAAD” (Mothers Against Drunk Driving), el cual tiene una duración de un día.
  • Multas que alcanzan los 2.000 dólares.
  • La obligación de instalar y mantener un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en su vehículo por 6 meses, el cual permitirá que el vehículo se encienda únicamente si le proporciona una muestra de aliento y no detecta alcohol.
  • La suspensión de su licencia de conducir por 6 meses.
  • Realización de un programa sobre conducir bajo la influencia de alcohol o drogas impuesto por el tribunal, cuya duración es de 3 meses.
  • Un periodo adicional de 48 horas será agregado a la pena por tener a un niño como pasajero durante la comisión del delito.
  1. Segunda Ofensa de DUI. Tiene lugar cuando es arrestado por un delito de la categoría de DUI en los 10 años siguientes a la primera condena. Las sanciones previstas para el mismo son las siguientes:
  • Libertad condicional sumaria de 3 a 5 años.
  • Multas que alcanzan los 2.000 dólares.
  • La realización de un programa sobre conducir bajo la influencia de alcohol o drogas ordenado por el tribunal, el cual tiene una duración de 18 a 30 meses.
  • La obligación de instalar y mantener un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) durante un año.
  • Cárcel de 96 horas a un año. Alternativamente, un periodo de 45 a 90 días de cárcel, pudiendo ser cambiado a arresto domiciliario o servicio comunitario en el Departamento de Transporte de California (Caltrans), donde deberá realizar trabajo en la carretera.
  • Servicio comunitario.
  • Si es condenado por tener a un niño como pasajero mientras conducía bajo la influencia, se agregarán 10 días adicionales a la pena.
  1. Tercera ofensa de DUI. Ocurre cuando es arrestado y se le imputan cargos por un DUI, teniendo 2 condenas previas por el mismo delito en los últimos 10 años. Sus sanciones son las siguientes:
  • Libertad condicional sumaria de 3 a 5 años.
  • Multas que alcanzan los 2.800 dólares.
  • Realización de un programa sobre conducir bajo la influencia de alcohol o drogas impuesto por el tribunal, cuya duración es de 30 meses.
  • Una pena mínima de cárcel de 120 días o más.
  • La obligación de instalar y mantener un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) durante dos años.
  • Suspensión de su licencia de conducir por 3 años.
  • Un periodo adicional de 30 días de cárcel será agregado a la pena si es condenado por DUI con Pasajeros Menores de 14 años, de conformidad con el artículo 23572 VC.
  1. Cuarta Ofensa de DUI. El fiscal puede imputar una cuarta ofensa de DUI como delito menor o mayor. Sus sanciones incluyen las siguientes:
  • Una pena mínima de 3 años de prisión.
  • Una multa de hasta 1.000, más un monto por tasación de la multa o “penalty assessments”.
  • Su licencia de conducir será suspendida durante 4 años.
  • Realización de un programa sobre conducción bajo la influencia de drogas o alcohol impuesto por el tribunal, el cual tiene una duración de 18 a 30 meses.
  • Será nombrado un Infractor de Tránsito Habitual (HTO) y este estatus se mantendrá por 3 años.
  • Un periodo adicional de 90 días de encarcelamiento se agregará a la pena si es condenado por DUI con Pasajeros Menores de 14 años.

¿Cuáles son las circunstancias que pueden agravar la pena por DUI?

Ahora bien, existen ciertas circunstancias que incrementan la probabilidad de ser sometido a sanciones adicionales. Asimismo, los tribunales evalúan cada caso y dictan penas que son proporcionales a los factores agravantes existentes. Entre estos, se encuentran los siguientes:

  • Un nivel de BAC de 0.15% o superior.
  • Ocasionar un choque.
  • Negarse a someterse a la prueba de DUI.
  • Conducir imprudentemente o a exceso de velocidad. Conducir a 20 o 30 mph por encima del límite de velocidad o conducir imprudentemente acarrea una pena de cárcel adicional de 30 días.
  • Haber sido menor de 21 años en el momento en que ocurrieron los hechos.
  • Cometer un DUI que causa lesiones. Si la víctima sufrió una lesión es posible que se le imputen cargos por delito menor o mayor. Por su parte, los condenados por delito menor son sometidos a un periodo adicional de un año de cárcel, además de la suspensión de su licencia de conducir de 1 a 3 años. En tanto si es condenado por delito mayor será sometido a un año adicional de cárcel, la suspensión de su licencia de conducir por 5 años, un strike en su registro criminal en virtud de la Ley de los Tres Delitos y Fuera, y nombramiento como Infractor de Tránsito Habitual. Además, se agregará un periodo de 3 a 6 años a su pena si la víctima sufrió un daño físico significativo.

¿En qué consiste el peligro infantil?

De conformidad con el artículo 273 a PC, este delito consiste en exponer intencionalmente a un niño a un injustificado peligro, dolor, o sufrimiento. Cabe destacar que un individuo puede enfrentar cargos por este delito, aunque el niño no haya sufrido dolor o un daño físico.

Debido a que conducir bajo la influencia con un pasajero menor de edad es un acto que arriesga la vida del niño de forma innecesaria, a su vez satisface todos los elementos del delito de peligro infantil. Los fiscales pueden imputar cargos por este último en conjunto con DUI. En tal caso, se le impondrán sanciones por cada delito, lo cual significa que el fiscal no intentará que se aplique el aumento de pena previsto para DUI con pasajeros menores de 14 años.

El peligro infantil constituye un wobbler, lo cual significa que el fiscal puede imputar los cargos por delito mayor o menor, para lo cual se basará en la magnitud del riesgo al cual expuso al niño. Por su parte, las sanciones previstas para delito menor incluyen una pena de cárcel no superior a un año, y una multa máxima de 1.000 dólares.

Algunas circunstancias que pueden conducir a que se imputen cargos por delito menor incluyen: 

  • No existió un riesgo de que el menor sufriera una lesión física significativa o la muerte.
  • Su nivel de BAC no era tan alto.
  • Condujo a menos de 20 MPH por encima del límite de velocidad.
  • Se desvió ligeramente en su mismo carril.
  • No se detuvo en un área de parada designada.

Por otra parte, se imputan cargos por delito mayor si el menor estuvo expuesto a un riesgo de sufrir una lesión corporal significativa o la muerte. Las sanciones previstas para el mismo incluyen un periodo de 2, 4 o 6 años de prisión y una multa que puede alcanzar los 110.000 dólares. Además de la obligación de someterse a pruebas de detección de drogas aleatorias, terapia psicológica obligatoria, y la emisión de una orden de protección en su contra, la cual prohíbe que contacte a la víctima.

¿Cuáles son las defensas más útiles?

Para evitar los efectos negativos de la condena, incluyendo el impacto de la misma en su vida personal y profesional, existen distintas defensas que su abogado puede argumentar en el juicio para lograr una desestimación o reducción de los cargos. Entre ellas, destacan las siguientes:

  • No estaba conduciendo bajo la influencia. Es necesario ser condenado por DUI para que se imponga el aumento de pena por la presencia de un pasajero menor de 14 en el vehículo, o para ser condenado por peligro infantil. Es por esto que, si no se presenta un cargo por DUI, se abandonarán los demás cargos. De manera que las defensas más contundentes se basan en que no cometió un DUI.
  • Conducir de manera incorrecta no determina que estuviera ebrio. Es necesario que los funcionarios policiales cuenten con una causa probable para detenerlo, por lo que en la mayoría de los casos detienen a un conductor tras haber visto que conducía de forma indebida. Si bien estos funcionarios suelen asumir que su manera de conducir se debía a conducir ebrio, el consumo de drogas y alcohol no son los únicos motivos por los cuales esto puede suceder, ya que el cansancio, la fatiga, o estar distraído también puede tener este resultado. Si demuestra que esto ocurrió en su caso, sus cargos pueden ser desestimados.
  • Los síntomas de ebriedad pueden deberse a otros factores. Entre los signos y síntomas de ebriedad se incluyen la dificultad para hablar, la falta de equilibrio, la cara sonrojada, el olor a alcohol, y los ojos rojos o irritados. Sin embargo, estos signos también pueden deberse a otro problema no vinculado con el consumo de drogas o alcohol; como reacciones alérgicas, cansancio, sufrir de irritación ocular, o un resfriado. Así como también puede deberse al consumo de ciertos alimentos o medicinas.

Si los policías no pueden probar por encima de cualquier duda razonable, que estos signos se debieron al consumo de alcohol o drogas, entonces será más fácil que su abogado refute las acusaciones y usted eventualmente sea absuelto de los cargos.

  • Resultados falsos de BAC. Los defectos en los equipos con los cuales se realizan las pruebas y los errores durante las mismas pueden afectar los resultados. Si bien se requiere que los policías cumplan con un procedimiento estricto al administrar la prueba, esto no ocurre en todos los casos. Entre las normas que deben seguir, destacan observar al sospechoso los 15 minutos anteriores a la administración de la prueba con el fin de cerciorarse de que no consuma alimentos, bebidas, medicinas, u alguna sustancia que contenga alcohol, ya que esto puede incrementar falsamente el nivel de concentración de alcohol en su sangre.

Los abogados con experiencia conocen la manera correcta de refutar estos resultados, para que así el fiscal se vea obligado a desestimar los cargos.

  • Las Pruebas de Sobriedad en el Campo no son confiables. Se ha cuestionado si las pruebas de sobriedad en el campo pueden ser utilizadas para determinar correctamente, si un individuo se encuentra en estado de ebriedad, ya que estas no toman en consideración otras causas que pudieron haber causado que el individuo reprobara. En este sentido, algunas causas no vinculadas con el consumo de alcohol o drogas que pueden producir este resultado incluyen; la falta de coordinación o equilibrio, tener fatiga, vestir ropa apretada, estar enfermo o somnoliento.

Si su abogado logra presentar evidencias suficientes para demostrar este argumento, sus cargos pueden ser desestimados.

  • Inobservancia del procedimiento establecido en la ley. En los casos de DUI, se deben cumplir una serie de directrices estipuladas en el Título 17 del Código de Regulaciones al administrar y manejar las pruebas de sangre, orina, y aliento. La transgresión de alguno de estos requisitos, será un fundamento para cuestionar la validez de los resultados que se han presentado como evidencia en su contra. A continuación, conoceremos cuáles son.
  1. Directrices para la administración de las pruebas de sangre:
  • Un técnico autorizado debe ser el encargado de extraer la sangre.
  • Abstenerse de utilizar sustancias a base de alcohol para esterilizar el sitio de la extracción.
  • La cantidad de anticoagulantes y conservantes en el vial de sangre debe ser suficiente.
  • Los anticoagulantes y conservantes no deben estar vencidos.
  • La muestra de sangre debe ser almacenada correctamente.
  • La muestra debe mezclarse adecuadamente con los anticoagulantes y conservantes.
  • La muestra debe conservarse durante un año con el propósito de permitir que sea analizada nuevamente por un laboratorio independiente.
  1. Directrices para la administración de las pruebas de aliento.
  • La muestra de aliento debe provenir del aire profundo de los pulmones.
  • El individuo debe mantenerse bajo observación por 15 minutos antes de realizar la prueba, y durante este tiempo debe abstenerse de fumar, beber, comer, y vomitar.
  • Los alcoholímetros deben ser calibrados cada 10 días, o cada 150 usos, según lo que ocurra primero.
  1. Directrices para la administración de las pruebas de orina.
  • El individuo que se someterá a esta prueba debe vaciar su vejiga 20 minutos antes de tomar la muestra de orina.
  • La muestra de orina debe conservarse durante un año.
  1. El pasajero tenía 14 años o era mayor de esta edad. Si el pasajero tenía 14 años o más, no se le impondrá el aumento de pena por DUI con Pasajeros Menores de 14 años. Sin embargo, se mantendrá el cargo por peligro infantil, ya que para este únicamente es necesario que haya sido menor de 18 años cuando ocurrieron los hechos.

¿Existe la posibilidad de lograr una reducción de los cargos?

En las etapas previas al juicio, es posible que el fiscal le ofrezca un acuerdo para la reducción de sus cargos, que consiste en que deberá realizar una declaración de culpabilidad o no oposición a un delito que acarree sanciones menores, tras lo cual sus cargos por DUI son desestimados, por lo que el caso no procede a la etapa de juicio. Cuando un fiscal ofrece este acuerdo, generalmente se debe a que no cuenta con evidencias contundentes para demostrar su culpabilidad.

Es fundamental que sea representado por un abogado de DUI que tenga experiencia en estas negociaciones y pueda lograr el acuerdo más favorable. Además, este puede aconsejar según las circunstancias del caso, sobre si lo más conveniente es aceptar el acuerdo ofrecido por el fiscal o permitir que el caso proceda a juicio, si considera que existe una gran probabilidad de que sea absuelto de los cargos.

¿Cómo puedo contratar a un abogado penalista que esté cerca de mí?

Es fundamental que contrate a un abogado defensor apenas sea arrestado por DUI, con la finalidad de que lo represente lo antes posible. Nuestro bufete de abogados puede ofrecerle la mejor asesoría, ya que se ha dedicado por años a defender a individuos acusados por estos delitos. Así que cuentan con la preparación y experiencia necesarias para lograr que se desestimen, o reduzcan sus cargos. 

Programe hoy su consulta gratuita llamando al número 714-766-0965, para que así nuestros profesionales con conocimientos especiales en DUI con Pasajeros Menores de 14 Años del bufete California Criminal Lawyer Group, ubicado en Anaheim, California, puedan discutir su caso con usted lo antes posible.