En California se considera importante regular cualquier lesión corporal que pueda sufrir una persona que es pareja o cónyuge del agresor en un determinado ilícito. Se encuentra señalado en la norma 273.5 del Código Penal y posee determinados elementos que lo distinguen de otros ilícitos similares que se señalan a lo largo del artículo.

En caso de que resida en Anaheim, CA, y sufra una acusación por el delito de lesión corporal a un cónyuge, necesitará de la asistencia legal de un buen abogado y en el escritorio jurídico California Criminal Lawyer Group contamos con el mejor equipo de profesionales, que le brindaran su ayuda y lo representarán durante todo el proceso. Es importante considerar que, las penas a imponer por este delito son severas y pueden ir desde pasar tiempo en prisión hasta el pago de grandes cantidades en multas.

¿En qué consiste este hecho ilícito?

Se considera que una persona comete este ilícito si le produce lesiones a otra con quien tiene una relación amorosa. Se encuentra señalado en la disposición 273.5 del Código penal y puede diferenciarse del delito de agresión doméstica contra el cónyuge, debido a que en este último caso no se necesita que se generen lesiones al afectado. Mientras que, en este delito si se requiere que ocurran las lesiones independientemente de su gravedad.

Sin embargo, como todo hecho ilícito se constituye de diversos elementos que la Fiscalía debe demostrar sin dejar dudas razonables, para que una persona pueda ser condenada por el mismo. A continuación, se señalan cada elemento de manera detallada:

  1. Generar lesiones físicas de forma intencional: El elemento se cumple cuando el acusado actuó con intención, pero no necesita que este posea el propósito de violentar la normativa, perjudicar a otro individuo y obtener provecho por su conducta. Para cometer el ilícito, el acusado debe contar con la intención o fin de producirle lesiones a su víctima, aun cuando no cuente con el propósito de generarle un daño. Por ejemplo: Juan y María se encuentran discutiendo, en ese momento el novio molesto empuja a María y la hace caer por unas escaleras ocasionándole una fractura del brazo. Aun cuando Juan no tenía el propósito de generar lesiones a su novia, se considera que cometió el ilícito al empujarla intencionalmente.
  2. El sujeto que sufrió lesiones era la pareja anterior o actual del acusado: A fin de que el individuo se declare responsable por el ilícito, es fundamental que el afectado sea la pareja anterior o actual. Se debe señalar que, se considera como pareja a las siguientes personas: Ex cónyuge o cónyuge, la persona con la cual vive en la actualidad o lo realizó anteriormente si consideran si se encuentran registrados como una unión de hecho, cualquier sujeto con quien sostuvo una relación íntima, la madre o padre de sus hijos, el prometido anterior o actual.

Por otra parte, la normativa señala que se considera como pareja a los antes mencionados, no obstante, existen ciertos criterios que la autoridad judicial tiene en cuenta para señalar si se refiere a una pareja. Estos criterios son los siguientes:

  • Si conviven y tienen relaciones íntimas.
  • Si dividen sus gastos e ingresos.
  • Si poseen bienes en común.
  • Si actúan o se presentan frente a otros como pareja estable y formal.
  • Si es una relación continua.
  • El tiempo que mantienen de relación.
  • Las lesiones ocasionaron alguna condición traumática al afectado: Se considera como lesión traumática cualquier tipo de herida o lesión que sufre un sujeto producto de que el cónyuge o pareja haya usado la fuerza excesiva o directa sobre él, sin ser significativo la severidad del daño sufrido. De manera que, ciertas condiciones se consideran como traumáticas por la autoridad judicial e incluyen:
  • Golpear a la pareja bruscamente hasta que se le ocasiona hemorragias internas.
  • Asfixiar al cónyuge hasta generarle una lesión.
  • Fracturar el brazo a la pareja o llevar a cabo una acción que genere una fractura.
  • Forcejear con el cónyuge y generar daños corporales.
  • Golpear a la pareja generándole una conmoción o daño cerebral.
  • Apretar cualquier área del cuerpo del cónyuge ocasionándole hematomas.

Ahora bien, para que el acusado sea condenado la Fiscalía deberá comprobar que el comportamiento de este fue el causante de la condición traumática de la víctima. Para ello, evaluará si cumplen los requisitos señalados a continuación:

  • La lesión ocasionó una condición traumática de manera natural.
  • La lesión fue la causa de dicha condición.
  • Si no se hubiera presentado la lesión, no surgiría la condición.

¿Qué actos de la presunta víctima pueden perjudicar el proceso judicial?

En ciertas oportunidades, la presunta víctima se abstiene de declarar en el proceso o retira su denuncia. No obstante, esto no produce que los cargos se desestimen automáticamente, ya que, le corresponde a la Fiscalía decidir si continúa con la presentación de cargos contra el sujeto si cree que cometió el ilícito. A continuación, se señalan ciertas situaciones que suelen ocurrir durante el proceso judicial:

  • La persona afectada no se encuentra disponible para comparecer a la Corte: Si el afectado no puede ser encontrado ya que no poseen datos de su localización, o se oculta para no presentarse a la Corte, es difícil para la Fiscalía continuar con el caso y decida abandonarlo.
  • La persona afectada retira la acusación contra el acusado: En caso de que después de realizar la denuncia, el afectado decide no continuar con la presentación de cargos contra el sujeto, la Fiscalía deberá señalar si imputar los cargos es lo idóneo. Si cree que la denuncia realmente ocurrió, y que la víctima se arrepintió porque fue coaccionada o amenazada por el autor del delito, o fue manipulada para que retire su denuncia, se procederá a la presentación de cargos. Sin embargo, aun cuando la Fiscalía continúe con el proceso, es posible que no logre obtener una sentencia condenatoria por la falta de la víctima.
  • La persona afectada no quiere prestar su testimonio en el proceso judicial: Si la víctima no quiere testificar en el proceso, la Fiscalía podrá emitir la notificación donde se le obligará. En caso de que esta acción suceda y no se presente ante la Corte a dar sus declaraciones, la autoridad judicial podrá emitir una orden en la cual los agentes policiales procedieron a arrestarlo.

¿Qué estrategias de defensa pueden utilizarse ante una acusación por este ilícito?

Es fundamental que un buen abogado estudie el caso a fin de señalar que estrategias de defensa son las más idóneas, algunas son usadas para contrariar las evidencias presentadas por la Fiscalía y obtener que el acusado sea declarado responsable del ilícito. A continuación, se señala algunas de las más usadas:

  • Fue acusado falsamente: Es común que en casos relacionados con violencia doméstica se lleven a cabo acusaciones falsas, debido a que la normativa señala sanciones graves para cualquier sujeto que cometa estos ilícitos, muchos individuos denuncian a su cónyuge o pareja como una manera de venganza por motivos de rencor o celos. No obstante, el abogado de la defensa puede demostrar la verdad sobre los hechos, y así su cliente sea liberado de los cargos.

Para demostrar la inocencia, podrá presentar pruebas como correos electrónicos, mensajes, o cualquier dato de redes sociales del supuesto denunciante. Aunado a ello, interrogará al afectado, familiares, compañeros, o cualquier sujeto cercano que pueda revelar la verdad en su testimonio, y el verdadero motivo de realizar una denuncia falsa. De igual forma, se pueden usar los antecedentes criminales del sujeto acusado y los testigos para poner en duda su credibilidad.

  • Falta de intención que necesita el ilícito: Se requiere que el sujeto actuara de forma intencional para que sea considerado como el autor del ilícito, lo que quiere decir, que ejecutó el acto y que le generó lesiones a su cónyuge a propósito. Es trabajo del abogado argumentar que el hecho ocurrió por un accidente y que su cliente no tenía la intención de generar daños.

Es importante tener en cuenta, que el ilícito se comete si la persona ocasiona las lesiones de forma intencional, aunque no tuviera el propósito de generar lesiones a la víctima. No obstante, si contaba con plena intención de ejecutar la acción, pero no desea lastimar a la persona, y el abogado lo demuestra, el fiscal presentará cargos por algún ilícito con penas menores, como sería la agresión doméstica.

  • Legítima defensa: Se considera una justificación legal y se produce cuando un sujeto se protege a sí mismo o a otra persona de una acción que los dejaba en peligro inmediato. En caso de demostrar esta circunstancia en el litigio, no podrá ser considerado responsable. No obstante, para que el argumento sea exitoso se requieren cumplir estos requisitos: Contar con motivos suficientes para presumir que su persona o alguien más estaba en peligro inmediato de ser víctima de daños físicos, pensar que el uso de la fuerza era requerido para poder defenderse a sí mismo o a otro del peligro, haber usado la fuerza necesaria para defenderse.

¿Qué sanciones son impuestas por este hecho ilícito?

Este ilícito se califica como un “wobbler” por lo tanto, el fiscal podrá presentar los cargos como un ilícito mayor o menor. Para ello, deberá considerar las circunstancias particulares del caso y su prontuario criminal.

De manera que, si se sanciona como un delito menor las penas a imponer serán las siguientes: Pena privativa de libertad por un máximo de 1 año en la cárcel del condado, y pago de multas por una cantidad que no supere los $6.000. En ciertos casos, la autoridad judicial podrá someterlo a libertad condicional informal en vez de tener que ir a prisión considerando hechos atenuantes.

Por otra parte, la Fiscalía lo calificará como un delito mayor si la lesión que sufrió la víctima es importante, y el sujeto posee antecedentes criminales por ejecutar acciones agresivas o relacionadas con violencia doméstica, se sancionará con: Prisión por un tiempo de hasta 2, 3, 4 años en alguna cárcel del Estado, pago de multas por una cantidad que no supere los $6.000. En ciertos casos, se puede señalar ambas penas o una sola de estas. De igual forma, se puede señalar el régimen de libertad condicional en lugar de dejarlo tras las rejas.

Con relación al prontuario criminal del sujeto, también influirá en la acusación de la Fiscalía, ya que, si fue condenado por determinados ilícitos en los siete años anteriores, es posible que, la fiscalía presente sus cargos como un ilícito mayor, y se aumentará la sanción impuesta anteriormente. Estos delitos son los señalados a continuación:

  • Agresión sexual, señalado en la disposición 243.4 del Código Penal.
  • Agresión contra el cónyuge, señalado en la disposición 243 literal (e) del Código Penal.
  • Asalto con un arma mortal, señalado en la norma 245 a 1 del Código Penal.
  • Asalto usando químicos cáusticos, establecido en la norma 244 del Código Penal. 
  • Agresión que genera lesiones corporales severas, señalado en la norma 243 literal (d) del Código Penal.
  • Lesión corporal al cónyuge, señalado en la norma 273.5 del Código Penal.

Igualmente, si fue condenado anteriormente por el delito de agresión a un cónyuge, se le sancionará con una pena de hasta 2, 3, 4 años en una cárcel del Estado, y el pago de multa por un valor que no exceda los $10.000.

Con relación a los otros delitos señalados anteriormente, las penas que se podrán imponer por el ilícito mayor se incrementan a 2,4,5 años de cárcel en el Estado, o pago de multas por un valor que no supere los $10.000. De acuerdo a los hechos acontecidos, la autoridad judicial podrá señalar una o ambas penas.

¿De qué trata el régimen de libertad condicional?

Se debe señalar, que la autoridad judicial goza de la facultad de someter al acusado a un régimen de libertad condicional en lugar de privarlo de su libertad cuando existan hechos atenuantes en su caso, y si este posee antecedentes criminales. En caso de que se presenten cargos por un delito menor se le impondrá un régimen de libertad condicional informal, por su parte, si se califica como ilícito mayor se impondrá el régimen de libertad condicional formal.

Es importante acotar, que el régimen posee un tiempo de duración aproximado de 1 hasta 3 años en el informal, mientras que, el tiempo del régimen formal varía de 3 hasta 5 años. De igual forma, en determinadas situaciones, esta última se impone en conjunto de una sanción en prisión de 1 año.

Mediante el régimen, la autoridad judicial impone determinadas condiciones al condenado que tendrá que cumplir obligatoriamente. Puesto que, en caso contrario se revocará el régimen de libertad condicional y deberá ir a prisión. Algunos de los términos que se pueden señalar son los siguientes:

  • Pago de una multa señalada.
  • Pago de la indemnización al afectado para resarcir los gastos.
  • Hacer un aporte o donación por una cantidad máxima de hasta $5.000 a algún refugio para mujeres que fue víctima de agresión.
  • Asistir a un curso relacionado con violencia doméstica.
  • Respetar la orden de restricción en la cual se le prohíbe mantener contacto con el afectado por un tiempo aproximado diez años Cumplir obligatoriamente con servicio a la comunidad.
  • No incumplir la normativa mientras esté bajo el régimen de libertad condicional.
  • Si fue condenado en 7 años anteriores por un ilícito relacionado con violencia doméstica, tendrá que cumplir un tiempo de quince días en alguna cárcel del Estado. No obstante, sí fue considerado responsable por un ilícito relacionado con violencia doméstica en más de dos oportunidades, tendrá que cumplir un lapso en prisión de sesenta días.

En caso de que el condenado incumpla las condiciones, se llevara a cabo una audiencia en donde se discutirá la violación del régimen. Si se logra comprobar que el hecho ocurrió, la autoridad judicial podrá imponer penas más severas, revocarle el régimen de libertad condicional, establecer una pena en prisión por un lapso máximo establecido en la normativa. En ciertas situaciones excepcionales, la autoridad jurisdiccional le permite al sujeto que continúe cumpliendo las condiciones impuestas originalmente.

¿De qué trata el incrementó de las penas por lesiones corporales importantes?

Si el autor del ilícito genera lesiones corporales severas a su pareja o cónyuge, se impondrán las penas adicionales señaladas con anterioridad. Dicho aumento se encuentra establecido en la norma 12022.7 del Código Penal, y se trata de un tiempo de 3, 4, 5 años en una cárcel del Estado, que se tendrá que cumplir consecutivamente a la sentencia que le fue impuesta.

¿Se pueden presentar otros cargos contra el acusado?

El ordenamiento jurídico señala diversos ilícitos que regulan situaciones parecidas a ésta, por lo tanto, la Fiscalía podrá presentar cargos por varios ilícitos de manera simultánea, y estos son:

  • Alteración del orden público señalado en la disposición 415 del Código Penal: La Fiscalía podrá presentar sus cargos por este ilícito cuando no tiene pruebas suficientes para obtener una condena o si llega a un convenio para que los cargos se reduzcan, puesto que, el ilícito señala penas menores.

Este ilícito se trata de participar en peleas con otro sujeto en un sitio público, hacer ruidos injustificados, o decir palabras ofensivas a otro en un sitio público. En caso de que, se presente una discusión con un individuo que se considere pareja o cónyuge en público, se podrán presentar cargos por el ilícito si no hay evidencias de que se le ocasionaron lesiones corporales durante la discusión. En relación a las sanciones, se califica como “wobbler” por lo tanto, la fiscalía podrá calificarlo como infracción o ilícito menor. La pena máxima será prisión por un lapso de noventa días, y el pago de multas por una cantidad que no supere los $400, en todo caso se pueden imponer ambas. No obstante, se pueden presentar circunstancias agravantes de las sanciones.

  • Agresión doméstica señalado en el artículo 243 (e) (1) del Código Penal: Este ilícito se consuma cuando una persona utiliza la fuerza o violencia en contra de su cónyuge o pareja, sin que le haya generado algún daño o dolo. Esto lo distingue del ilícito mencionado, en el cual si se necesita que la persona sufriera lesiones físicas.

Para que pueda ser considerado responsable, la Fiscalía deberá comprobar que el sujeto tocó al cónyuge de forma dañina y ofensiva, intencionalmente, y que no lo ejecutó para su legítima defensa o la de otro individuo. 

Ahora bien, se califica como delito mayor y las penas a imponer serán: Prisión por un lapso de 1 año, y el pago de multas que no excedan la cantidad de $2.000. Aunado a ello, la autoridad judicial podrá imponer el régimen de libertad condicional informal en vez de dejarlo tras las rejas. En este caso, tendrá que cumplir con el programa para tratar agresores, y se le dictará una orden de restricción contra el agresor para que no acose, perjudique, o amenace a la presunta víctima.

Generalmente si un individuo es acusado de provocarle lesiones a su cónyuge, y la Fiscalía no tiene pruebas suficientes para que pueda ser condenado, se lleva a cabo un acuerdo en el cual los cargos son reducidos a el ilícito, y se le señalan penas menores.

¿Qué consecuencias migratorias puede conllevar al sujeto el ser condenado por el ilícito?

Las normas migratorias de EE. UU señalan que cualquier ilícito relacionado con violencia doméstica, particularmente la lesión corporal a un cónyuge, conlleva a que el condenado sea deportado. Este hecho se debe a que se considera como un delito de vileza moral o mayor agravado, en el cual se le prohíbe el ingreso al país a todo condenado tras ser deportado. Aunado a ello, conduce que sea negada la posibilidad de obtener la ciudadanía, o una condición legal como inmigrante.

Además, la pena por el ilícito constituye un “strike” de acuerdo a la Ley de los Tres Strikes. Según la normativa, el ser considerado responsable por un ilícito grave y violento en una segunda ocasión, conlleva un nuevo strike, en el cual se le impondrá al sujeto el doble de la pena señalada por el nuevo delito. Por su parte, si se condena en una tercera oportunidad se incurre en un nuevo strike, en el cual se impone la sanción de 25 años hasta cadena perpetua.

¿Cómo puedo obtener ayuda legal de un buen abogado cerca de mí?

En caso de que usted actualmente resida en Anaheim, CA, y sufra acusaciones por el ilícito de lesión corporal a un cónyuge, es importante que se comunique inmediatamente con un buen abogado. Ya que, contar con asistencia legal en el proceso marcará la diferencia entre pasar tiempo en prisión o quedar en libertad. Nuestro equipo de profesionales se encargará de estudiar los hechos acontecidos y elaborar los argumentos de defensa que más se adecuen al caso.

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