La legislación de California cuenta con varias regulaciones que han sido decretadas para abordar los crímenes de robo. Este es uno de los crímenes que desafortunadamente cursan con mayor frecuencia ante los diferentes tribunales del Estado. Pero debe saber que dichas regulaciones no solo buscan castigar a quien directamente cometa un robo, puesto que la misma resulta aplicable también para aquellos que con pleno conocimiento concreten la compra, venta, ocultación o resección de cualquier clase de propiedad robada.

Es un error bastante común y a la vez lamentable que las personas asuman que recibir propiedades robadas no es un crimen serio, cuando la verdad es que se trata de todo lo contrario, puesto que dicha conducta está tipificada como delito por el código penal de California en su sección 496 literal a, y como tal es causal de varias consecuencias jurídicas a nivel penal como lo son encarcelamiento y el pago de multas.

Son escenarios donde una persona puede ser castigada penalmente por recibir propiedad robada los siguientes, un hombre que se desempeña como vendedor de artefactos robados teniendo conocimiento de tal situación, o una mujer que ayuda a otro a esconder ciertas joyas bastante costosas otro tipo de artefacto estando al tanto de que fueron obtenidos a través de un robo.

Una vez acotado lo anterior, podrá entender que cuando se trata de un robo la legislación no solo tacha de criminal a quien comete ese robo, sino también a todo aquel que se atreve a incurrir en cualquier de las conductas consideradas como recibir propiedades robadas. Ahora bien, ser condenado por este crimen no solo implica que una persona será penalmente castigada, sino que desde entonces tendrá que cargar con registros criminales que dificultan bastante el conseguir un buen empleo, arrendar un sitio para vivir, obtener préstamos bancarios e incluso acceder a becas universitarias, puesto que los mismos pueden ser verificados por cualquier que esté interesado en ello, y quienes otorgan dichos beneficios suelen examinarlos y rechazar a quienes han enfrentado problemas con la justicia al considerar que no son personas aptas para recibir ciertos beneficios.

Sin embargo, que usted sea acusado bajo la norma 496 (a) PC no necesariamente significa que va a ser condenado, aún queda un largo camino que recorrer, donde el fiscal debe demostrar ante la autoridad judicial su culpabilidad, y usted podrá también demostrar su inocencia, para lo que se aconseja contar con el respaldo de un abogado que lo asesore y represente con la finalidad de obtener los resultados más favorables posibles para su caso.

Si fueron presentados cargos en su contra por Recepción de Propiedad Robada en Anaheim, CA, un abogado de California Criminal Lawyer Group puede ser su aliado especial, y la mejor solución para sus problemas. El mismo podrá analizar su situación e indicarle que hacer, y de ser posible lo acompañará durante todo el proceso judicial y asumirá su defensa y todo lo que la misma abarca.

California Criminal Lawyer Group es uno de los mejores bufetes de abogados del país, conformado por profesionales que día a día trabajan sin descanso por proteger los derechos de sus representados y que prestan un servicio de calidad.

¿Qué se entiende por recibir propiedades robadas?

Es un crimen considerado de hurto cuyo fundamento jurídico está establecido en la regulación 496 PC (Código Penal), la cual expresamente señala que toda persona que se atreva a realizar la recepción o compra de propiedades que fueron obtenidas gracias a actos de extorsión o robo, habiendo tenido total conocimiento del modo en que había sido obtenida la propiedad, o que se atreva a realizar la retención, ocultación o venta de propiedades estando al tanto de que fueron obtenidas gracias a actos de extorsión o robo deben ser puestas en manos de la justicia para ser juzgadas por la comisión de un crimen.

Como comprenderá, este tipo de crimen abarca conductas vinculadas tanto a la adquisición como a la posesión de bienes obtenidos por medio de actos bien sea de extorsión o de robo, para lo cual se exige que el acusado haya tenido total conocimiento respecto al modo en que las propiedades fueron obtenidas.

Dicho de otro modo, cuando una persona está al tanto de que una propiedad fue obtenida gracias a actos de robo o de extorsión, y de igual modo la vende, compra o ayuda a otro a ocultarla o venderla se expone a ser castigado bajo la regulación 496 PC.

Ejemplos

  • Un joven que ayuda a uno de sus amigos a esconder joyas que obtuvo luego de cometer un robo.
  • Un vendedor que recibe mercancía a bajo costo, la cual sabe que fue robada para concretar su distribución y continuamente hace tratos con tal proveedor.
  • Una joven que compra una laptop a un precio muy mínimo, dado que la misma fue robada y ella conoce tal situación.

Acotaciones

  • En cada uno de los escenarios mencionados el acusado debe ser puesto en manos de la justicia por infringir la regulación 496 PC, aunque no haya participado activamente en el acto.
  • Además, una persona puede ser castigada por tal crimen aunque no haya percibido ningún tipo de beneficio financiero u otra índole a consecuencia del acto.

¿Cuáles son los hechos que debe demostrar un fiscal a efectos de que el tribunal emita un veredicto de culpabilidad contra una persona acusada bajo la norma 496 PC?

Para que algún tribunal logre dictar condena contra una persona acusada por recibir cualquier propiedad robada, primero el fiscal debe demostrar que dicha persona incurrió en una serie de actos denominados elementos constitutivos del crimen. Tome en cuenta que deben ser demostrados todos los elementos ya que demostrar solo algunos de ellos no es suficiente para afirmar que se configuró el crimen, y si falta al menos uno el caso debe ser desestimado.

Los elementos son:

·    La persona acusada realizó la venta, compra, recepción o ayudó a otro con la venta, compra, recepción, ocultación o retención de cualquier propiedad obtenida por extorsión o robo.

·    La persona acusada realizó cualquier acto de los mencionados, conociendo que la propiedad fue obtenida por extorsión o robo.

Continuando, se van a describir ciertos términos para que logre comprender mejor lo que engloban los elementos enunciados.

Recibir propiedad: Este elemento a que el acusado debe de haber retenido bajo su poder cierta propiedad, por lo cual debió tener no sólo su posesión, sino también el derecho a ejercer control sobre la misma.

Respecto a lo que la posesión involucra, la misma puede estar compartida por varias personas al mismo tiempo.

Debe tener en cuenta, que cuando se habla de posesión, no significa que la persona acusada debe haber tocado o sostenido la propiedad involucrada, puesto que la posesión puede ser también constructiva, referente sólo al derecho de controlar o poder controlar una propiedad.

Aunado a lo anterior, se debe acotar que una persona se expone a ser condenada bajo la regulación 496 PC, cuando obtiene beneficios económicos que fueron robados por algún otro, pero solo cuando se demuestre que estaba al tanto sobre de qué modo fueron obtenidos los mismos.

Para finalizar debe saber que una persona también se expone a ser condenada bajo la regulación 496 PC cuando se demuestra que disfruto los beneficios que fueron obtenidos de cualquier propiedad robada, independientemente de que no haya participado en su préstamo, compra o robo, pero solo cuando se demuestre que estaba al tanto sobre de qué modo fueron obtenidos los mismos.

Propiedad robada: Puede afirmarse que una propiedad es robada, cuando la misma fue obtenida por actos de hurto en concordancia con el ordenamiento jurídico, dentro de lo que se incluyen conductas criminales como malversar fondos, respecto a la que una persona de modo indebido toma para sí bienes o beneficios que no le corresponden, y que fueron colocados en su poder por confianza para un fin específico.

También engloba el robo contemplado por la norma 459 PC, definido como entrar a un edificio comercial o residencial o a un automóvil cerrado con llave, con el propósito claro de consumar un hurto o crimen grave una vez adentro.

De igual modo engloba el robo contemplado por la norma 211 PC, definido como tomar ilegalmente propiedades personales que son de otro, al arrebatarle de su propia persona o en su presencia inmediata, todo ello sin contar con su autorización y usando fuerza o sembrando el miedo.

Actos de extorsión: La regulación 518 PC contiene la definición de lo que es una extorsión. Al respecto la misma señala que comete dicho acto toda persona que acceda a propiedades de otro con su permiso, pero dicho permiso fue obtenido haciendo uso de fuerza o sembrando miedo en el propietario.

Previo conocimiento: Cuando la regulación 496 PC establece que la persona acusada debe haber conocido previamente que una propiedad fue obtenida por actos de extorsión o robo, significa que es deber del fiscal dejar en evidencia, que la propiedad involucrada fue obtenida de tal manera y que dicha persona estaba al tanto de la situación. Por lo tanto, cuando una persona se hace acreedora de objetos robados, sin saber su origen no debe ser acusada bajo la regulación en cuestión. Puesto que falta el elemento de conocimiento.

¿Cuáles son los actos que pueden considerarse una violación a la regulación 496 PC?

Como ya se ha dicho en reiteradas oportunidades, este tipo de crimen no abarca únicamente tomar propiedades de otro a través de un robo, sino incurrir en actos como su ocultamiento o posesión. Lo que hace necesario que actos configuran este tipo de crimen:

  • Posesión, adquisición, venta u ocultamiento de cualquier propiedad robada.
  • Ayudar con la posesión, adquisición, venta u ocultamiento de cualquier propiedad robada.

¿Qué sanciones establece la regulación 496 PC para castigar a quien reciba propiedades robadas?

En primer lugar debe saber que este tipo de crimen está calificado como wobbler en el Estado de California, eso significa que el fiscal puede levantar cargos por un crimen menor o uno grave una vez que haya analizado el caso, sus consecuencias y los registros penales de la persona acusada.

Pero hay una norma que resulta de general aplicación en cuanto a esta clases de casos y es que cuando el monto final en el que está valorado una propiedad que fue robada es igual o menor a 950$ el crimen directamente debe ser juzgado como menor, pero cuando su monto final excede de 950$ el crimen debe ser juzgado como grave.

Una vez entendido lo anterior, una condena por crimen menor puede acarrear:

  • Libertad probatoria por un crimen menor.
  • Encarcelamiento que no dure más de un año y que debe ser cumplido en una prisión perteneciente al condado.
  • Desembolso de multas que no superen 1.000$

Mientras que una condena por crimen grave conlleva.

  • Libertad probatoria por un crimen menor.
  • Encarcelamiento que no dure más de tres años y que debe ser cumplido en una prisión perteneciente al condado.
  • Desembolso de multas que no superen 10.000$

Acotaciones:

  • La diferencia entre un régimen de libertad probatoria impuesto por un crimen menor y el impuesto por un crimen grave, radica en la rigidez de sus parámetros, puesto que dicha medida en virtud de un crimen menor acarrea sanciones que son menos estrictas como por ejemplo ir ante un agente de libertad probatoria con menor frecuencia, diferente a lo que ocurre con un régimen impuesto por un crimen grave, donde dicha presentación debe hacerse más seguido. Al respecto debe saber que un régimen de libertad probatoria es una medida alternativa al encarcelamiento conformada por una serie de parámetros, que son básicamente obligaciones de hacer o de no hacer a las que debe atenerse estrictamente el condenado. Dichos parámetros deben ser cumplidos al pie de la letra ya que de no ser así la medida puede ser modificada o revocada y el condenado enviado a prisión a cumplir la condena correspondiente.
  • Cuando una persona se desempeña como vendedor o dueño de negocios y se dedica a recaudar y vender propiedades personales habitualmente, se expone a enfrentar cargos cuando adquiere una propiedad mientras existen razones suficientes para presumir que la misma es robada y sin embargo evade el investigar su origen.

¿Una persona acusada por esta clase de crimen debe hacer frente a diferentes condenas por cada una de las propiedades robadas?

Una persona solo debe hacer frente a condenas diferentes por cada propiedad robada, cuando dichos robos se desprenden de planificaciones distintas, por ende cuando todas las propiedades son obtenidas a raíz de una misma planificación sólo puede haber lugar a una acusación.

¿Se deriva alguna otra consecuencia de una condena de esta índole?

Si, ser condenado bajo la norma 496 PC, no solo quiere decir que la autoridad judicial va a castigar a la persona acusada con sanciones penales como el encarcelamiento y el deber de pagar multas, sino que esta última desde ahora hará frente a una serie de dificultades que repercutirán en distintos ámbitos de su vida, como lo son por ejemplo: la pérdida de los derechos de armas, repercusión sobre el estado migratorio, repercusión en la parte económica al enfrentar el pago de indemnizaciones y la disminución en las posibilidades de progreso futuro.

Pérdida de los derechos de armas

Una persona condenada bajo la norma 496 PC, sólo será restringida de sus derechos de armas, es decir, de poseerlas y comprarlas, cuando de la condena se desprende la comisión de un crimen grave.

Por ende una condena por recibir propiedades robadas como crimen menor no incide sobre los derechos de armas.

Repercusión sobre el estado migratorio

Cuando el condenado no es un ciudadano de EEUU, debe hacer frente a severas consecuencias originadas a raíz de una condena bajo la norma 496 PC. Dichas consecuencias abarcan la deportación, puesto que este crimen involucra vileza moral al estar vinculado a engaños y mentiras que llevan al Estado a no confiar más en el condenado.

Por otro lado, si una persona fue condenada, y posteriormente abandonó el territorio de los EEUU, es posible que no pueda ingresar nuevamente al país. Pero si se encuentra en el país se hará bastante difícil obtener una “Green card” o se verá perjudicado su estado migratorio.

Repercusión en la parte económica al enfrentar el pago de indemnizaciones

Cuando una persona es condenada bajo la norma 496 PC, es posible que deba indemnizar a una víctima. Una indemnización alude a realizar el pago de montos de dinero, que pueden triplicar la suma correspondiente a daños causados por los actos de la persona acusada. Además se incluyen también los honorarios profesionales de los abogados, más los costos judiciales.

Tome en cuenta que para obtener una indemnización debe ser presentada una demanda por parte de la víctima ante un tribunal civil y se dará lugar a un proceso judicial donde un Juez determinará si es procedente o no la misma.

Disminución en las posibilidades de progreso futuro

Al inicio de este artículo se mencionó que un condenado bajo la norma 496 PC, contará con registros penales, y dichos registros son documentos de carácter público que pueden ser verificados por quien tenga interés en ellos. Es decir, cuando una persona revisa los registros penales de otra condenada por un crimen puede percatarse de que ha enfrentado problemas con la justicia. Por ende cuando un sujeto acude a una entrevista de trabajo, busca obtener un crédito, trata de arrendar una vivienda e incluso trata de obtener una beca para cursar estudios, primero serán verificados sus registros penales, antes de proceder a aceptar su solicitud y por lo general suelen ser descartados por tal motivo.

Recuerde que el hecho de que una persona sea condenada por un crimen es causal de bastante repudio a nivel social y que ello muchas veces limita las oportunidades de desarrollo futuro.

¿Qué defensas se usan habitualmente para enfrentar cargos bajo la norma 496 PC?

Que usted sea acusado bajo la norma 496 (a) PC no necesariamente significa que va a ser condenado, aún queda un largo camino que recorrer, donde el fiscal debe demostrar ante la autoridad judicial su culpabilidad, y usted podrá también demostrar su inocencia, para lo que se aconseja contar con el respaldo de un abogado que lo asesore y represente con la finalidad de obtener los resultados más favorables posibles para su caso.

Tome en cuenta que cada caso es diferente y la estrategia de defensa que escoja para hacer frente a la acusación es de vital importancia ya que de ella dependerá que obtenga buenos o malos resultados ante la corte.

Entre las defensas más usadas están:

  • La persona acusada no tenía conocimiento ni motivos que le hicieran pensar que una propiedad fue obtenida mediante robo.
  • La persona acusada no recibió ninguna propiedad.
  • Intención inocente.
  • Insuficiencia probatoria.

¿Qué crímenes se vinculan con recibir propiedades robadas?

Alguno de los crímenes que habitualmente se relacionan con el de recibir propiedades robadas son:

Extorsión: Su fundamento jurídico está asentado en la regulación 518 PC y se refiere a obtener propiedades de otro empleando fuerza o infundiendo el medio para obtener su autorización.

Tome en cuenta que para que se entienda cometido este tipo de crimen no es necesario que la víctima haya resultado lesionada como consecuencia de los actos del acusado, simplemente basta con que dicho acusado haya tenido la intención de lastimarla o haya amenazado con hacerlo.

Malversar fondos: En concordancia con la regulación 503 PC, este crimen involucra que una persona se apropie fraudulentamente de la propiedad que fue colocada en su poder por confianza. Por lo general este tipo de crimen es cometido por personas que se desempeñan en determinados cargos y que tienen acceso a dinero o propiedades.

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